Autenticación Buró de Crédito - Persona Física
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De acuerdo con el artículo 28 de la Ley para Regular a las Sociedades de Información Crediticia, en caso de una auditoría debe comprobarse que siempre se contó con la autorización expresa de los usuarios, para poder realizar las consultas de su historial crediticio, por cualquiera de los tres métodos aceptados: firma, autenticación y NIP.
El método de autenticación consiste en obtener la autorización del cliente a través de tres preguntas:
¿Cuenta con crédito automotriz?
¿Cuenta con crédito hipotecario?
¿Cuenta con tarjeta de crédito? (En caso de indicar que sí en este pregunta, se deben añadir los últimos 4 dígitos).