Reporte de Crédito (Integrado)
De acuerdo a lo que establece la Ley para Regular las Sociedades de Información Crediticia, este reporte informa de manera consolidada la situación crediticia de un Cliente ante las distintas Sociedades de Información Crediticia (SIC) autorizadas en el país.
Artículo 36 Bis. Las Sociedades al emitir Reportes de Crédito y Reportes de Crédito Especiales, además de la información contenida en sus bases de datos, deberán incluir, la contenida en las bases de datos de las demás Sociedades12. En todo caso, los informes buró a que se refiere el presente artículo, deberán incluir, respecto de cada operación, al menos la información siguiente:
I. Historial crediticio; II. Fechas de apertura; III. Fechas del último pago y cierre; IV. Límite de crédito; V. Saldo total de la operación contratada y monto a pagar; y, VI. Claves de observación y prevención aplicables.
La estructura del Archivo de Consulta y el Archivo de Respuesta es igual a la del Informe Buró, para obtener el Reporte de Crédito integrado únicamente se requiere especificar en la etiqueta de Clave de Producto Requerido ubicada en el segmento de Encabezado o Inicio del Archivo de consulta el código del producto que se desea obtener, todos deben empezar con 0 para que se comprenda que se trata de Reporte de Crédito.
Los siguientes códigos identifican el tipo de producto requerido por el Usuario y están asociados a los permisos registrados en su clave de consulta.
Para solicitar el Informe Buró, el código de producto deberá comenzar con “5”, en caso de que se requiera solicitar Reporte de Crédito, el código de producto deberá iniciar con “0.
Código | Tipo de información a proporcionar | Código de Producto | Tipo de Información a proporcionar |
---|---|---|---|
001 | Reporte de Crédito | 501 | Informe Buró |
Para conocer más información sobre los tipos de producto y sus combinaciones con los Score deseados,
favor de consultar el Anexo 1 o contactar a su Ejecutivo de Cuenta.
La sección de datos generales del Reporte de Crédito mantendrá la información que existe en Buró de Crédito cuando se obtenga información tanto en Buró de Crédito como otra SIC13. La única excepción a lo anterior será cuando Buró de Crédito no tenga el expediente y si se obtenga información de otra SIC.
Cuando existan créditos duplicados en ambas Sociedades de Información Crediticia, los registros que prevalecerán en la respuesta serán los reportados a la base de datos de Buró de Crédito.
Para el segmento de Declarativa, predominará la declarativa de Buró de Crédito. En caso de no existir información en nuestra Base de Datos, se mostrará la información de otras Sociedades de Información Crediticia.
En el Segmento de Resumen, el cálculo considera la información de todas las Sociedades de Información Crediticia.
Cómo solicitar el Informe Buró de Buró de Crédito
1.
Los Usuarios utilizarán la clave actual y obtendrán el Informe Buró para todas las consultas.
2.
Los Usuarios podrán solicitar el Informe Buró (sólo información reportada a Buró de Crédito), esta capacidad será un privilegio añadido a la Clave de Consulta.
3.
Adicionalmente existe la posibilidad de que los Usuarios puedan solicitar indistintamente el Reporte de Crédito o el Informe Buró, esta funcionalidad será un privilegio añadido a la Clave de Consulta y deberán de especificar el tipo de producto en la consulta.
A continuación se muestra un ejemplo del segmento de Encabezado o Inicio del Archivo de consulta donde se especifica la clave de producto requerido 001, que corresponde a Reporte de Crédito (Integrado)
✓ INTL12 001MX0000BC99991001XXXXXXXXIUK MX000050000SP0100000000000PN09DOMINGUEZ…( )
El siguiente ejemplo muestra el segmento de Encabezado o Inicio del Archivo de Consulta, donde se especifica la clave de producto requerido 501, que corresponde a Informe Buró.
✓ INTL12 501MX0000BC99991001XXXXXXXXIUK MX000050000SP0100000000000PN09DOMINGUEZ… ( )
* Los espacios en blanco de los ejemplo corresponden a las 25 posiciones del número de referencia del operador.
Para identificar el origen de los créditos integrados por cada Sociedad de Información Crediticia, considerar las siguientes etiquetas del Formato INTL de respuesta:
El detalle para cada caso se menciona a continuación.
Segmento de Encabezado o Inicio – INTL - Respuesta
El Segmento de Encabezado o de Inicio es el primer segmento por cada registro de Respuesta.
INTL, posición de la etiqueta 34
Nombre y Descripción del Campo | Tipo | Longitud | Longitud Fija o Variable | Posición |
---|---|---|---|---|
INDICADOR DE BURO | N | 4 | F | 34 - 37 |
Segmento de Consultas - IQ
En el caso del Reporte de Crédito, también contendrá información de consultas que se encuentran en la base de datos de otras Sociedades de Información Crediticia.
Etiqueta o Nombre del Campo | Nombre y Descripción del Campo | Tipo | Longitud Máxima | Longitud Fija o Variable |
---|---|---|---|---|
09 | IDENTIFICADOR DE LA SOCIEDAD DE INFORMACIÓN CREDITICIA (SIC) | N | 25 | V |